INGRESO AL ECUADOR DE ANIMALES DE COMPAÑÍA (PERROS Y GATOS)


Puntos a cumplir:

1. El Certificado Zoosanitario de Exportación para su perro y/o gato otorgado por el Servicio Veterinario Oficial del país de procedencia en español, detallando el cumpliendo de los requisitos sanitarios exigidos por Ecuador.

REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA IMPORTACIÓN DE MASCOTAS AL ECUADOR

2. Cuando el animal arribe en la bodega del avión hay dos opciones para su ingreso al país:

  1. Si se lo entregan junto a su equipaje en el área de arribo internacional se nacionalizará únicamente presentando el Certificado zoosanitario de Exportación emitido por el servicio Veterinario Oficial del país de origen.
  2. Si a su animal de compañía la llevan a bodegas de carga, el usuario deberá entregar al técnico de AGROCALIDAD el Certificado Zoosanitario de Exportación emitido por el Servicio Veterinario Oficial del país de origen y el comprobante de depósito por $28,11 dólares por la inspección de cada animal, para la emisión del Permiso Zoosanitario de Importación y para la posterior nacionalización por parte de SENAE, con el documento de destinación aduanera que será emitido físicamente en la oficina de AGROCALIDAD.
  3. Para la inspección clínica del animal de compañía por parte de un técnico de AGROCALIDAD, deberá notificar al paso de control fronterizo por medio de un correo electrónico con 72 horas antes del arribo al país.

• Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre (Quito) aeropuerto.quito@agrocalidad.gob.ec

• Aeropuerto José Joaquín de Olmedo (Guayaquil) aeropuerto.guayaquil@agrocalidad.gob.ec

NOTAS:

  • Cuando el perro o gato arribe al país en la cabina del avión junto al pasajero o por un paso fronterizo terrestre, no necesitará obtener el permiso zoosanitario de importación, pero obligatoriamente deberá presentar el Certificado Zoosanitario de Exportación.
  • Para el ingreso de perros y gatos que hayan salido temporalmente del Ecuador, podrá utilizarse el mismo Certificado Zoosanitario de Exportación expedido por AGROCALIDAD para retornar al Ecuador, siempre que no hayan transcurrido más de treinta (30) días calendarios desde la fecha de emisión. Caso contrario, deberán cumplir con el procedimiento establecido con este fin.
  • No se recibirán pagos en efectivo, todo trámite será atendido con la presentación de la papeleta de depósito y por el valor actual que refleja el tarifario vigente.

Procedimiento para realizar el pago del Permiso Zoosanitario de Importación.

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