POR LA EMERGENCIA SANITARIA SE EXTIENDE LA VIGENCIA DEL CERTIFICADO DE UNIDADES DE PRODUCCIÓN EN BPA

Ecuador, 4 de mayo del 2020.- Debido  a la declaratoria de Estado de Excepción por el COVID-19 en el territorio nacional, la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad), con el objetivo de fortalecer la inocuidad de los alimentos en su fase primaria de producción, extiende la vigencia del certificado de Unidades de Producción en Buenas Prácticas Agropecuarias (BPA) hasta el 30 de diciembre de 2020, para exportadores.

En este sentido y, con base a la modificación de la resolución 0041 “Manual de Procedimiento para la certificación de Unidades de Producción en BPA”  establece lo siguiente:

  1. La Agencia continúa brindando el asesoramiento a los usuarios para la Certificación de Unidades de Producción en Buenas Prácticas Agropecuarias (BPA). Las auditorías in situ pendientes desde el 16 de marzo del 2020 y de nuevas solicitudes (FCS_UPA), para la certificación BPA que sean requeridas por los usuarios, serán atendidas una vez concluyan las medidas de restricción establecidas por la pandemia del COVID-19 en el territorio nacional, en función de un cronograma acordado entre las partes interesadas.
  2. Todas las certificaciones cuya fecha de vencimiento está contemplada desde el 16 de marzo de 2020, serán válidas y mientras dure el periodo de Estado de Excepción decretado por el Gobierno Nacional, mantienen su vigencia hasta la culminación de la emergencia sanitaria, el proceso de renovación se podrá realizar hasta el 30/12/2020, con la posibilidad de solicitar mediante un oficio a la Agencia una extensión o prórroga de 4 meses debidamente justificado por el propietario o representante legal de la Unidad de Producción Agropecuaria (UPA).
  3. Para las certificaciones de esquemas equivalentes se acogerán las medidas estipuladas por los dueños del esquema ante la emergencia sanitaria de la pandemia del COVID-19.

Por lo expuesto, la Agencia en su constante compromiso de asegurar la soberanía alimentaria del país y apoyar al sector exportador, ratifica que las certificaciones de Unidades de Producción en Buenas Prácticas Agropecuarias (BPA) que se acojan a esta disposición, serán consideradas válidas durante el tiempo establecido.


 
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